Patentes CABA 2026: La actualización del impuesto no podrá superar la inflación 2025

AGIP dispuso la suspensión de la emisión vigente de Patentes y la reliquidación completa de las cuotas 1, 2, 3 y de la cuota anual del 2026, con el fin de aplicar un tope equivalente a la inflación acumulada del 2025 (IPCBA 31,8%)

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) informa que, ante las variaciones originadas por la actualización de valuaciones de algunos modelos de vehículos, se han adoptado las siguientes medidas:

  • Suspensión de la emisión vigente: las boletas actuales fueron dadas de baja en la web y en homebanking; no se efectuarán débitos automáticos.
  • No abonar las boletas vigentes: los contribuyentes deben omitir las boletas anteriores y esperar la nueva emisión.
  • Nueva emisión y plazos: las nuevas boletas reliquidadas estarán disponibles en la web de AGIP el 18 de febrero y en homebanking el 20 de febrero.
  • Acceso a las boletas: para brindar respuesta con mayor celeridad, la emisión será únicamente digital. Quienes necesiten asistencia para consultar o descargar las boletas pueden contactarse a través de: https://autogestion.agip.gob.ar/cuit/infoagip.
  • Vencimiento: la primera cuota y el pago anual podrán abonarse hasta el 27 de febrero, sin perder el beneficio por pago a término ni el descuento por buen contribuyente. La misma fecha aplica para todas las terminaciones y modalidades.
  • Tope aplicado: la reliquidación limitará los aumentos originados en el impuesto debido a la actualización de valuaciones, de modo que ningún incremento supere la inflación acumulada de 2025 medida por el IPCBA (31,8%).
  • Alcance de la reliquidación: se recalculará la totalidad de las boletas de la primera emisión (cuotas 1, 2, 3 y cuota anual anticipada) y se emitirán los nuevos montos a abonar.
  • Para quienes ya pagaron: deben ignorar la nueva boleta reliquidada y no deberán realizar ningún trámite adicional.
    • Pago de la cuota 1: si la reliquidación determina que el importe pagado en la cuota supera el tope establecido, el excedente se registrará como saldo a favor y se aplicará automáticamente en la próxima cuota.
    • Pago de la cuota anual anticipada: si se abonó la cuota anual, la diferencia a favor resultante de la reliquidación quedará a disposición para que el contribuyente pueda solicitar la devolución o la imputación a futuros vencimientos.
  • Norma y ratificación: en el día de la fecha se presentó el proyecto de ley ante la Legislatura para ratificar el tope establecido.

Asimismo, es importante aclarar que no hubo aumento del impuesto, sino que las variaciones observadas en esta emisión responden a la actualización de las valuaciones de determinados vehículos definidas por la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (ACARA).

AGIP recuerda a los contribuyentes la importancia de seguir las comunicaciones oficiales y consultar sus boletas únicamente en los canales institucionales. Para más información y asistencia:

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